El Tribunal Supremo ha amnistiado este viernes a ocho personas condenadas por desobediencia o desórdenes públicos, entre ellas el exalcalde de Sabadell Maties Serracant y el expresidente del Parlament Roger Torrent.
El Tribunal Supremo ha aplicado este viernes la ley de amnistía a ocho personas condenadas por delitos de desobediencia o desórdenes públicos relacionados con el proceso independentista catalán. Entre los beneficiados se encuentra el exalcalde de Sabadell, Maties Serracant, quien fue condenado a una multa de 1.800 euros por un delito de desobediencia grave al ceder instalaciones públicas municipales para la votación del referéndum del 1 de octubre de 2017.
La decisión del Alto Tribunal llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avalara la semana pasada la ley de amnistía, al considerar que no vulnera la legislación comunitaria ni los intereses financieros de la Unión. El TJUE también descartó que la ley sea contraria a la directiva europea sobre terrorismo, allanando el camino para su aplicación en España.
Además de Serracant, el Supremo ha amnistiado a cuatro exdirigentes del Parlament de Cataluña: el expresidente de la cámara, Roger Torrent, y los exmiembros de la Mesa Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado. Los cuatro habían sido absueltos en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), pero el Supremo había recurrido esa decisión y los casos estaban pendientes de resolución.
La amnistía también alcanza a tres ciudadanos más. Dos de ellos fueron condenados a un año y medio de prisión por lanzar piedras durante las protestas de octubre de 2019, tras conocerse la sentencia del procés. El tercero, que cumplía una condena de cuatro años de cárcel por desórdenes públicos, fue hallado culpable de arrojar piedras y botellas contra agentes, colaborar en la construcción de una barricada y avivar un fuego iniciado por otras personas, todo ello mientras portaba un pasamontañas.
En el caso de Serracant, el exalcalde de Sabadell fue condenado en 2021 por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a pagar una multa de 1.800 euros, al considerar probado que permitió el uso de dependencias municipales para la votación del 1-O, a pesar de la suspensión ordenada por el Tribunal Constitucional. La decisión del Supremo de aplicar la amnistía extingue su responsabilidad penal y le exime del pago de la multa.
La aplicación de la amnistía por parte del Supremo supone un paso significativo en la ejecución de la ley, que ha sido objeto de intenso debate político y jurídico desde su aprobación. El tribunal ha dictado varios autos en los que declara extinguida la responsabilidad penal de los ocho amnistiados, al considerar que sus actos encajan en los supuestos previstos en la norma.
Para los vecinos de Sabadell, la amnistía a Serracant cierra un capítulo judicial que se ha prolongado durante años. El exalcalde, que gobernó la ciudad entre 2017 y 2019, siempre defendió que su actuación se enmarcó en la legalidad y que no hubo desobediencia. Ahora, con la extinción de su condena, podrá recuperar plenamente sus derechos políticos.
El Supremo ha recordado en sus autos que la amnistía se aplica a todos los condenados por delitos de desobediencia y desórdenes públicos vinculados al procés, siempre que no concurran las excepciones previstas en la ley. La decisión de este viernes sienta un precedente para otros casos similares que aún están pendientes en los tribunales.
La noticia ha sido recibida con satisfacción por los partidos independentistas, que consideran la amnistía un paso necesario para la normalización política en Cataluña. Por su parte, los partidos constitucionalistas han criticado la decisión, argumentando que supone una vulneración del Estado de derecho. El debate sobre la amnistía y sus consecuencias políticas y jurídicas continuará en los próximos meses.

